Pérdidas en criptomonedas: cómo compensarlas en la declaración de la renta y recuperar parte de lo perdido
Aprende a compensar pérdidas de criptomonedas en tu declaración. Regla antiaplicación, límites de compensación, arrastre a 4 años y estrategias de tax loss harvesting.
Equipo Cleriontax
Expertos en Fiscalidad Crypto y Análisis de Datos

Perder dinero con criptomonedas duele. Pero lo que realmente escuece es perder dinero dos veces: primero en el mercado y después ante Hacienda, por no saber aprovechar fiscalmente esas pérdidas. Después de los desplomes de 2022 y las correcciones de 2024, miles de inversores españoles arrastran minusvalías que podrían estar utilizando para reducir su factura fiscal, y no lo están haciendo.
La realidad es que una pérdida en criptomonedas no es solo un número rojo en tu portfolio. Es un activo fiscal que, gestionado correctamente, puede ahorrarte cientos o miles de euros en impuestos durante los próximos cuatro años. Pero el sistema tiene reglas muy concretas —y trampas— que conviene conocer antes de mover ficha.
Este artículo desmenuza el mecanismo completo de compensación de pérdidas patrimoniales en criptomonedas: desde los fundamentos legales hasta las estrategias avanzadas de tax loss harvesting, pasando por la temida regla antiaplicación que ha pillado desprevenidos a más de un inversor.
Cómo se generan las pérdidas patrimoniales en criptomonedas
Antes de hablar de compensación, hay que entender qué operaciones generan una pérdida patrimonial computable a efectos del IRPF.
Una pérdida patrimonial se produce cuando vendes, intercambias o transmites una criptomoneda por un valor inferior a su coste de adquisición. Parece simple, pero en el ecosistema crypto hay matices que complican el cálculo.
Operaciones que generan pérdidas computables
Venta directa a euros con pérdida. Compras 1 ETH a 3.500 € y lo vendes a 2.800 €. Pérdida patrimonial: 700 € (menos comisiones).
Swap entre criptomonedas con pérdida. Cada intercambio entre criptomonedas es una permuta a efectos fiscales. Si cambias 1 BTC (adquirido a 45.000 €) por ETH cuando Bitcoin vale 38.000 €, generas una pérdida de 7.000 €. Esto incluye intercambios a stablecoins como USDT o USDC, que mucha gente cree erróneamente que no tributan.
Liquidación de posiciones DeFi con pérdida. Retirar fondos de un protocolo de lending o de un pool de liquidez con un valor inferior al depositado genera una pérdida patrimonial. El impermanent loss cristalizado también computa.
Tokens que pierden todo su valor. Si un token colapsa a cero (pensemos en LUNA/UST en 2022), puedes registrar la pérdida total de tu inversión. La clave es poder documentar tanto la adquisición como la pérdida de valor.
Operaciones que NO generan pérdidas computables
Transferencias entre wallets propias. Mover BTC de Binance a tu Ledger no es una venta, por lo tanto no genera pérdida ni ganancia. Las comisiones de transferencia (gas fees) se incorporan al coste de adquisición.
Caída de valor sin venta (pérdida latente). Si compraste ETH a 4.000 € y ahora vale 2.500 €, no puedes computar la pérdida hasta que vendas o intercambies. Las pérdidas solo se realizan cuando hay una transmisión.
Pérdida de acceso a la wallet. Si pierdes tus claves privadas y no puedes acceder a tus fondos, la situación fiscal es ambigua. Técnicamente no ha habido transmisión, por lo que la pérdida no es computable de forma automática. Consulta con un asesor para evaluar opciones.
El papel del método FIFO en el cálculo de pérdidas
España aplica el método FIFO (First In, First Out) para calcular las ganancias y pérdidas patrimoniales. Esto significa que cuando vendes una criptomoneda, se considera que estás vendiendo las unidades más antiguas primero.
Esto tiene un impacto directo en el cálculo de pérdidas. Veamos un ejemplo:
- Enero 2023: compras 2 BTC a 20.000 € cada uno (coste total: 40.000 €)
- Junio 2024: compras 1 BTC a 55.000 €
- Diciembre 2024: vendes 2 BTC a 42.000 € cada uno (ingresos: 84.000 €)
Aplicando FIFO, los 2 BTC vendidos corresponden a los comprados en enero 2023:
- Coste FIFO: 2 × 20.000 = 40.000 €
- Precio de venta: 84.000 €
- Ganancia patrimonial: 44.000 €
Si hubieras podido elegir qué lotes vender (método de identificación específica, no permitido en España), podrías haber vendido el BTC comprado a 55.000 € para generar una pérdida. Pero con FIFO, no es posible. Entender cómo funciona es fundamental para planificar tus operaciones. Nuestra guía completa sobre declaración fiscal profundiza en el cálculo FIFO con más ejemplos.
El mecanismo de compensación: cómo funciona exactamente
La compensación de pérdidas patrimoniales en el IRPF español sigue un orden muy específico, regulado en el artículo 49 de la Ley del IRPF. No es un proceso libre donde puedas compensar cualquier pérdida con cualquier ganancia: hay compartimentos estancos y límites porcentuales.
La base del ahorro: dos compartimentos
La base imponible del ahorro (donde tributan las criptomonedas) se divide en dos compartimentos:
Compartimento 1: Ganancias y pérdidas patrimoniales. Aquí van las ganancias y pérdidas derivadas de transmisiones: ventas de criptomonedas, swaps, liquidaciones de posiciones. Es donde se integran la mayoría de las operaciones crypto.
Compartimento 2: Rendimientos del capital mobiliario. Aquí van los intereses, dividendos y otros rendimientos. En crypto, esto incluye los rendimientos de staking, yield farming, lending y airdrops.
Regla de compensación: el orden obligatorio
El sistema de compensación funciona en cascada:
Paso 1: Dentro de cada compartimento, se compensan ganancias con pérdidas del mismo tipo. Es decir, las pérdidas patrimoniales por venta de criptomonedas se restan primero de las ganancias patrimoniales del mismo ejercicio (venta de otras criptos, acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.).
Paso 2: Si tras compensar dentro del compartimento sigues teniendo pérdidas patrimoniales netas, puedes compensar hasta un 25% del saldo positivo del otro compartimento (rendimientos del capital mobiliario). Esto significa que si tienes 10.000 € en rendimientos de staking y 20.000 € en pérdidas patrimoniales netas, solo puedes compensar 2.500 € (25% de 10.000).
Paso 3: Si aún quedan pérdidas sin compensar, se arrastran a los 4 ejercicios siguientes, aplicando el mismo mecanismo de compensación cada año.
Ejemplo práctico completo
Veamos un caso realista para entender el mecanismo completo:
Ejercicio 2025:
- Pérdida por venta de BTC: -15.000 €
- Ganancia por venta de ETH: +6.000 €
- Rendimientos de staking: +4.000 €
- Rendimientos de lending: +2.000 €
Paso 1 — Compensación dentro del compartimento de ganancias/pérdidas: -15.000 + 6.000 = -9.000 € (pérdida neta)
Paso 2 — Compensación cruzada (máx. 25% de rendimientos del capital mobiliario): Rendimientos totales: 4.000 + 2.000 = 6.000 € 25% de 6.000 = 1.500 € Se compensan 1.500 € de los -9.000 € Pérdida pendiente: -7.500 €
Paso 3 — Arrastre: Los 7.500 € de pérdida se arrastran al ejercicio 2026, donde se repetirá el mismo mecanismo.
Resultado fiscal del ejercicio 2025:
- Base del ahorro por ganancias patrimoniales: 0 € (compensada)
- Base del ahorro por rendimientos: 6.000 - 1.500 = 4.500 €
- Pérdida pendiente para 2026: 7.500 €
Ahorro fiscal real: Sin compensación habrías tributado por 6.000 € de ganancias + 6.000 € de rendimientos = 12.000 €. Con compensación solo tributas por 4.500 €. A un tipo medio del 21%, el ahorro es de aproximadamente 1.575 €.
La regla antiaplicación: la trampa que debes conocer
La regla antiaplicación (también llamada regla de los 2 meses o wash sale rule en terminología anglosajona) es, probablemente, el aspecto más desconocido y peligroso de la compensación de pérdidas en criptomonedas. Muchos inversores caen en ella sin saberlo.
¿Qué dice la norma?
El artículo 33.5.f) de la Ley del IRPF establece que no se computan como pérdidas patrimoniales las derivadas de transmisiones de valores o participaciones homogéneos cuando, en el plazo de 2 meses anteriores o posteriores a la venta, el contribuyente adquiera valores homogéneos.
Traducido al mundo crypto: si vendes Bitcoin con pérdida y vuelves a comprar Bitcoin dentro de los 2 meses siguientes (o lo habías comprado en los 2 meses anteriores a la venta), la pérdida no es compensable.
¿Se aplica esta regla a las criptomonedas?
Esta es una de las grandes cuestiones abiertas de la fiscalidad crypto en España. La norma habla de "valores homogéneos admitidos a negociación", un concepto del mercado de valores tradicional. Las criptomonedas no son, estrictamente, "valores admitidos a negociación" en el sentido de la Ley del Mercado de Valores.
Sin embargo, la Dirección General de Tributos ha extendido el criterio a las criptomonedas por analogía, considerando que cada criptomoneda (BTC, ETH, etc.) es un activo homogéneo consigo mismo. Esto significa que, en la práctica, la AEAT aplica la regla antiaplicación a las operaciones con criptomonedas.
El debate doctrinal sigue abierto, pero hasta que un tribunal se pronuncie en sentido contrario, la postura prudente es respetar la regla de los 2 meses.
Cómo funciona en la práctica
Escenario 1: Venta y recompra inmediata (NO compensable)
- 1 de marzo: vendes 1 BTC a 38.000 € (comprado a 45.000 €). Pérdida: 7.000 €
- 5 de marzo: compras 1 BTC a 37.500 €
- Resultado: la pérdida de 7.000 € no se puede compensar porque has recomprado BTC dentro de los 2 meses posteriores. La pérdida se incorpora al coste de adquisición del nuevo BTC.
Escenario 2: Venta y espera de 2 meses (SÍ compensable)
- 1 de marzo: vendes 1 BTC a 38.000 € (comprado a 45.000 €). Pérdida: 7.000 €
- 2 de mayo: compras 1 BTC a 40.000 €
- Resultado: la pérdida de 7.000 € sí se puede compensar porque han pasado más de 2 meses entre la venta y la recompra.
Escenario 3: Compra previa y venta posterior (NO compensable)
- 15 de enero: compras 0.5 BTC a 41.000 €
- 1 de marzo: vendes 1 BTC a 38.000 € (de un lote antiguo comprado a 45.000 €). Pérdida: 7.000 €
- Resultado: la pérdida de 7.000 € no se puede compensar porque habías comprado BTC dentro de los 2 meses anteriores a la venta.
¿Qué pasa con la pérdida no compensable?
Importante: la pérdida no desaparece, sino que se integra en el coste de adquisición de los valores recomprados. En el Escenario 1, el nuevo BTC comprado a 37.500 € tendría un coste fiscal de 37.500 + 7.000 = 44.500 €. Esto significa que cuando vendas ese BTC en el futuro, la ganancia o pérdida se calculará sobre 44.500 €, no sobre 37.500 €. La pérdida no se pierde, pero su compensación se difiere en el tiempo.
¿La regla se aplica entre exchanges diferentes?
Sí. Si vendes BTC en Binance con pérdida y compras BTC en Kraken dentro de los 2 meses, la regla se aplica igualmente. Lo relevante es el activo (Bitcoin), no la plataforma donde se opera.
¿La regla se aplica a criptomonedas diferentes?
No. La regla de homogeneidad se aplica al mismo activo. Si vendes BTC con pérdida y compras ETH al día siguiente, la pérdida de BTC sí es compensable. Son activos diferentes y no se considera recompra de "valores homogéneos".
Esta distinción es precisamente lo que hace posible algunas estrategias de tax loss harvesting, como veremos más adelante.
Arrastre de pérdidas: hasta 4 años para compensar
Si en un ejercicio no puedes compensar todas tus pérdidas (porque las ganancias son insuficientes), el excedente se arrastra a los 4 ejercicios siguientes. Este mecanismo es especialmente relevante para inversores crypto, dado que los mercados bajistas pueden generar pérdidas muy elevadas que tardan años en compensarse.
Cómo funciona el arrastre
Supongamos que en 2024 generas una pérdida neta de 30.000 € en criptomonedas:
2025: Ganancias patrimoniales de 8.000 € + rendimientos de 4.000 €
- Compensas 8.000 € con ganancias + 1.000 € (25% de 4.000) con rendimientos
- Total compensado: 9.000 €
- Pérdida pendiente: 21.000 €
2026: Ganancias patrimoniales de 10.000 € + rendimientos de 6.000 €
- Compensas 10.000 € + 1.500 € = 11.500 €
- Pérdida pendiente: 9.500 €
2027: Ganancias patrimoniales de 12.000 € + rendimientos de 8.000 €
- Compensas 9.500 € con ganancias (aún te quedan 2.500 € de ganancias tributables)
- Pérdida totalmente compensada
Resultado: Los 30.000 € de pérdida de 2024 se han ido compensando a lo largo de 3 ejercicios, generando un ahorro fiscal total de aproximadamente 6.300 € (a tipos medios del 21%).
La fecha límite importa
Si no consigues compensar las pérdidas en los 4 ejercicios siguientes, las pierdes definitivamente. Por eso es importante planificar las operaciones para generar ganancias suficientes que absorban las pérdidas antes de que expiren.
Pérdidas generadas en 2022 → última oportunidad: declaración de 2026 (a presentar en 2027) Pérdidas generadas en 2023 → última oportunidad: declaración de 2027 Pérdidas generadas en 2024 → última oportunidad: declaración de 2028
Tax loss harvesting: estrategias legítimas para optimizar tu factura fiscal
El tax loss harvesting (cosecha de pérdidas fiscales) consiste en materializar pérdidas latentes de forma deliberada para compensarlas con ganancias presentes o futuras. Es una práctica perfectamente legal y habitual en la gestión patrimonial. Aplicada al mundo crypto, requiere tener en cuenta las particularidades que hemos visto.
Estrategia 1: Materialización selectiva antes del cierre del ejercicio
Antes del 31 de diciembre, revisa tu cartera e identifica posiciones con pérdidas latentes. Si tienes ganancias patrimoniales que vas a declarar ese año, materializar esas pérdidas puede reducir la base imponible.
Ejemplo:
- Ganancias realizadas en 2025: +15.000 € (por ventas de ETH y SOL)
- Posición en AVAX: comprado a 40 €, precio actual 25 €, tienes 200 unidades → pérdida latente de 3.000 €
- Posición en DOT: comprado a 8 €, precio actual 5 €, tienes 500 unidades → pérdida latente de 1.500 €
Si vendes AVAX y DOT antes del 31 de diciembre, materializas 4.500 € en pérdidas que reducen tu base de 15.000 € a 10.500 €. A un tipo del 21%, el ahorro es de 945 €.
Importante: Si quieres mantener la exposición a AVAX y DOT, debes esperar 2 meses antes de recomprar para que la regla antiaplicación no anule la pérdida.
Estrategia 2: Rotación de activos (swap indirecto)
Esta estrategia aprovecha que la regla antiaplicación solo se aplica a activos homogéneos.
Ejemplo:
- Tienes BTC con una pérdida latente de 10.000 €
- Vendes todo tu BTC, materializando la pérdida
- Inmediatamente, compras ETH por el mismo importe
- La pérdida de BTC es compensable porque no has recomprado BTC
- Mantienes exposición al mercado crypto (aunque con un activo diferente)
Esta estrategia tiene riesgo de mercado (ETH y BTC no se comportan exactamente igual), pero permite compensar la pérdida sin quedar fuera del mercado durante 2 meses.
Estrategia 3: Escalonamiento temporal
Si tienes una pérdida muy elevada que no vas a poder compensar en un solo ejercicio, puede tener sentido materializar las pérdidas de forma escalonada a lo largo de varios años, en lugar de concentrarlas todas en uno.
Ejemplo:
- Pérdida latente total: 50.000 € (por posiciones acumuladas durante el bear market)
- Ganancias anuales estimadas: 10.000-15.000 €
Si materializas los 50.000 € de golpe en 2025, solo podrás compensar unos 15.000 € en 2025 y tendrás que arrastrar 35.000 € a ejercicios futuros, con riesgo de perder parte si no generas ganancias suficientes en 4 años.
Alternativa: materializar 12.000-15.000 € de pérdidas cada año, ajustadas a las ganancias previstas, para maximizar la compensación sin excedentes.
Estrategia 4: Coordinación con otros activos
Las pérdidas de criptomonedas se compensan con ganancias patrimoniales de cualquier origen: acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc. Si tienes ganancias por la venta de un piso o por el reembolso de un fondo, las pérdidas crypto pueden reducir la tributación total.
Ejemplo:
- Ganancia por venta de acciones en 2025: +20.000 €
- Pérdida latente en criptomonedas: -18.000 €
- Si materializas la pérdida crypto, tu ganancia patrimonial neta es solo 2.000 €
- Ahorro fiscal: aproximadamente 3.780 € (21% sobre 18.000 €)
Tipos impositivos de la base del ahorro: cuánto te ahorras realmente
Para dimensionar el impacto real de la compensación de pérdidas, necesitas conocer los tramos de la base del ahorro en el IRPF:
| Tramo | Tipo impositivo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 28% |
Esto significa que una pérdida de 10.000 € compensada contra ganancias puede ahorrarte entre 1.900 € y 2.800 € dependiendo del tramo. Para carteras grandes, el ahorro puede ser muy significativo.
Documentación necesaria para compensar pérdidas
La AEAT puede solicitar justificantes de cualquier pérdida declarada. Mantener una documentación exhaustiva no es opcional: es imprescindible.
Qué debes conservar
Para cada operación con pérdida:
- Fecha y hora exacta de la operación
- Activo vendido (tipo de criptomoneda)
- Cantidad vendida
- Precio de venta (con captura del exchange o blockchain explorer)
- Coste de adquisición FIFO (con referencia a la compra original)
- Comisiones pagadas (trading fees, gas fees)
- Cálculo de la pérdida resultante
Para demostrar el cumplimiento de la regla antiaplicación:
- Historial completo de compras y ventas del mismo activo en los 2 meses anteriores y posteriores a cada venta con pérdida
- Si recompraste dentro del periodo, documentación del ajuste del coste de adquisición
Para el arrastre de pérdidas:
- Declaraciones de IRPF de ejercicios anteriores donde se originaron las pérdidas
- Cálculo del saldo pendiente de compensar cada año
Nuestras guías de exportación de datos para Binance, Kraken, Bybit, MetaMask y Ledger te ayudarán a obtener los datos necesarios. Para operaciones DeFi, consulta nuestra guía sobre documentación de transacciones para Hacienda.
Errores frecuentes al compensar pérdidas crypto
Compensar pérdidas sin respetar la regla antiaplicación. Es el error más costoso. Si Hacienda detecta que recompraste el mismo activo en el plazo de 2 meses, anulará la compensación y podrá imponer una sanción adicional. Revisar el historial de compras y ventas antes de declarar es imprescindible.
No declarar las pérdidas por creer que "no merece la pena". Toda pérdida, por pequeña que sea, tiene valor fiscal. Una pérdida de 500 € hoy puede compensar una ganancia de 500 € el año que viene y ahorrarte 105 €. Acumuladas, estas pequeñas pérdidas suman.
Olvidar el arrastre de pérdidas de ejercicios anteriores. Si en 2023 o 2024 declaraste pérdidas que no pudiste compensar completamente, debes incluir el saldo pendiente en la declaración de 2025. La casilla correspondiente (normalmente en el anexo de ganancias y pérdidas) debe reflejar las pérdidas arrastradas.
Compensar pérdidas de la base del ahorro con la base general. Las pérdidas patrimoniales de criptomonedas NO se pueden compensar con rentas del trabajo, alquileres u otros ingresos de la base general. Solo se compensan dentro de la base del ahorro.
No considerar las comisiones. Las gas fees y trading fees forman parte del cálculo. Una operación que parece neutra puede ser una pérdida una vez se incluyen los costes de transacción. En operaciones DeFi con múltiples pasos, las comisiones acumuladas pueden ser significativas.
Errores en el cálculo FIFO. Aplicar incorrectamente el método FIFO puede convertir una pérdida real en una ganancia declarada, o viceversa. Consulta los errores más comunes al declarar criptomonedas para evitar los fallos más habituales.
Casos especiales: pérdidas que generan dudas
Tokens que colapsan a cero
Cuando un token pierde prácticamente todo su valor (como ocurrió con LUNA, FTT o tokens de proyectos fraudulentos), puedes registrar la pérdida total. La dificultad está en documentarla: necesitas demostrar el coste de adquisición original y el valor actual cercano a cero.
Si el token sigue cotizando (aunque sea a una fracción de céntimo), puedes venderlo para materializar la pérdida. Si ya no cotiza en ningún exchange, la documentación se complica pero no es imposible: registros de blockchain, capturas de CoinGecko mostrando valor cero, y comunicados oficiales del proyecto pueden servir como evidencia.
Hackeos y robos
Si tus criptomonedas fueron sustraídas en un hackeo de exchange o wallet, la situación fiscal depende de las circunstancias. La DGT ha admitido que las pérdidas por robo pueden considerarse pérdidas patrimoniales, pero es necesario aportar denuncia policial y cualquier documentación que acredite la sustracción.
Airdrops y tokens gratuitos
Si recibiste tokens por airdrop (coste de adquisición: valor de mercado en el momento de recibirlos) y luego los vendes a un precio inferior, la diferencia es una pérdida patrimonial compensable.
Criptomonedas en exchanges colapsados
El caso FTX es paradigmático. Si tenías fondos en un exchange que ha cesado operaciones, la pérdida puede computarse cuando exista certeza razonable de que los fondos no se van a recuperar. Generalmente, esto ocurre cuando se declara la quiebra o liquidación judicial del exchange.
Preguntas frecuentes sobre compensación de pérdidas crypto
¿Puedo compensar pérdidas de criptomonedas con ganancias de acciones?
Sí. Las pérdidas y ganancias patrimoniales se integran en el mismo compartimento de la base del ahorro, independientemente del tipo de activo. Pérdidas de crypto con ganancias de acciones, fondos o inmuebles, y viceversa.
¿Qué pasa si solo tengo pérdidas y ninguna ganancia?
Las pérdidas se arrastran a los 4 ejercicios siguientes. Además, puedes compensar hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario positivos (intereses, dividendos, rendimientos de staking/lending) con pérdidas patrimoniales.
¿La regla de los 2 meses se aplica a todas las criptomonedas por igual?
Se aplica a cada criptomoneda individualmente. BTC es homogéneo con BTC, ETH con ETH, etc. Pero BTC no es homogéneo con ETH. Vender BTC con pérdida y comprar ETH inmediatamente no activa la regla.
¿Puedo vender con pérdida y recomprar a través de otra persona?
No. La norma antifraude contempla las operaciones vinculadas. Si vendes BTC con pérdida y tu cónyuge o un familiar directo compra BTC en el mismo periodo, la AEAT podría considerar que se trata de una operación dirigida a eludir la regla antiaplicación.
¿Las pérdidas de un exchange colapsado (tipo FTX) son compensables?
Sí, pero debes documentar adecuadamente la pérdida. Lo ideal es esperar a que haya una resolución judicial (declaración de quiebra, liquidación) que acredite la irrecuperabilidad de los fondos. También se admite la denuncia policial y cualquier comunicación oficial del exchange.
¿Cómo se declaran las pérdidas en la casilla del IRPF?
Las pérdidas patrimoniales se incluyen en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (casillas de la base del ahorro). El arrastre de pérdidas de ejercicios anteriores se indica en las casillas correspondientes al saldo negativo pendiente de compensar. Un informe fiscal completo y bien estructurado facilita enormemente este proceso.
Cleriontax: maximiza la compensación de tus pérdidas crypto
En Cleriontax no solo calculamos tus ganancias y pérdidas patrimoniales: optimizamos la estrategia de compensación para que pagues exactamente lo que corresponde, ni un euro más.
Nuestro servicio incluye:
Cálculo preciso de todas las ganancias y pérdidas aplicando FIFO correctamente, con limpieza profesional de datos y clasificación de cada operación.
Verificación del cumplimiento de la regla antiaplicación para cada operación con pérdida, evitando compensaciones que la AEAT podría rechazar.
Cálculo óptimo de la compensación entre compartimentos y del arrastre de pérdidas de ejercicios anteriores.
Informe fiscal detallado listo para incluir en tu declaración de la renta, con desglose operación por operación.
Asesoramiento sobre estrategias de tax loss harvesting adaptadas a tu situación particular.
Solicita tu informe fiscal optimizado →
Cada euro de pérdida no compensada es un ahorro fiscal que estás dejando sobre la mesa. Contacta con nuestro equipo y asegúrate de aprovechar al máximo tus pérdidas patrimoniales.
Descargo de responsabilidad: Este artículo tiene finalidad informativa y educativa exclusivamente. No constituye asesoramiento fiscal personalizado ni recomendación de inversión. La normativa fiscal está sujeta a cambios y cada situación personal es única. Consulta siempre con un asesor fiscal profesional colegiado para tu caso específico. La información sobre tipos impositivos y procedimientos se basa en la legislación vigente a marzo de 2026.
Última actualización: Marzo 2026
Publicado por: Equipo Cleriontax — Expertos en Fiscalidad de Criptomonedas y Análisis de Datos
¿Te ha resultado útil este artículo?
Compártelo con otros inversores que puedan necesitarlo


